3 de marzo de 2013

Daniel Feierstein: "En materia de justicia, sólo podemos conquistar algo cercano a lo posible si luchamos por lo imposible" (1)


Las prácticas sociales genocidas -dice el sociólogo argentino Daniel Feierstein (1967) -son conceptualizadas como "aquella tecnología de poder cuyo objetivo radica en la destrucción de las relaciones sociales de autonomía y cooperación y de la identidad de una sociedad, por medio del aniquilamiento de una fracción relevante (sea por su número o por los efectos de sus prácticas) de dicha sociedad, y del uso del terror producto del aniquilamiento para el establecimiento de nuevas relaciones sociales y modelos identitarios". La aniquilación planificada y sistemática de un grupo nacional, étnico, racial o religioso, o su destrucción hasta que deja de existir como grupo es lo que se conoce como genocidio, un término utilizado por primera vez por el jurista polaco Raphäel Lemkin (1900-1959), en una reunión realizada en Madrid en 1933. Lemkin propuso que la Liga de las Naciones elaborase un acuerdo internacional para condenar el vandalismo y la barbarie criminal. En 1941 logró llegar a los Estados Unidos, y continuó definiendo y analizando el genocidio en sus libros, en los que explicaba que dicho crimen no significa necesariamente la destrucción inmediata y total de un grupo, sino también una serie de acciones planificadas para destruir los elementos básicos de la existencia grupal, tales como el idioma, la cultura, la identidad nacional, la economía y la libertad de sus integrantes. El juicio de Nüremberg contra los dirigentes nazis al término de la Segunda Guerra Mundial supuso un hito en la toma de conciencia de que existen delitos que por su naturaleza particular exigen responsabilidad. El Acuerdo o Carta de Londres del 8 de agosto de 1945, que estableció el Estatuto del Tribunal Militar de Nüremberg, definió como "crímenes contra la humanidad" el "asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o persecución por motivos religiosos, raciales o políticos, cuando dichos actos o persecuciones se hacen en conexión con cualquier crimen contra la paz o en cualquier crimen de guerra". Aunque en dicho Estatuto no aparece el término "genocidio" como tal, el contenido de la idea sí quedó recogido en el concepto de "Crimen de lesa humanidad". En 1946, la Asamblea General de las Naciones Unidas confirmó los principios de Derecho Internacional reconocidos por el Estatuto del Tribunal y propuso una resolución sobre el genocidio, al que definió como "una negación del derecho de existencia a grupos humanos enteros", instando a tomar las medidas necesarias para la prevención y sanción de ese crimen. Un día antes de que se aprobase la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las Naciones Unidas aprobaron por fin la Convención contra el Genocidio, un acuerdo para prevenirlo y castigar a aquellos que lo planifican y lo llevan a cabo. Fue el 9 de diciembre de 1948, pero la resolución entró en vigencia el 12 de enero de 1951 después de la ratificación de más de veinte países. Dicha resolución prohibió los actos definidos por el derecho internacional como "perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso". Sin embargo, a algo más de sesenta años de aquella Convención, surgen algunas reflexiones sobre la actualidad y los límites de dicha herramienta legal ya que el derrotero seguido por aquellos conceptos como modo de comprensión y castigo de los procesos de aniquilamiento ha sido confuso e ineficaz. Para Feierstein, la figura aprobada de genocidio vulneró el principio de igualdad ante la ley al crear "grupos protegidos" (étnicos, nacionales, raciales y religiosos) y "grupos desprotegidos" (los otros). Las consecuencias de este error -sostiene el sociólogo argentino- aparecieron toda vez que se intentó aplicar la Convención desde 1948. Ante la comisión de matanzas masivas, se comienza a discutir la existencia del "grupo protegido" así como si el aniquilamiento se dirige a dicho grupo "en cuanto tal" o tiene "motivos políticos". Para cuando se establece un consenso, los muertos se cuentan por decenas de miles. Así, si un delito requiere meses de discusión de especialistas para ser identificado, está claro que es un delito mal tipificado. Sobre el genocidio como destructor de relaciones sociales, sobre la todavía posible lucha contra la realización simbólica del proceso y sobre la actuación de algunos jueces que, en los últimos tiempos, han ayudado a que los crímenes de la última dictadura militar argentina no quedaran en un pasado irresuelto operando constantemente sobre el presente habló Feierstein en las entrevistas concedida a Victoria Ginzberg para la edición del diario "Página/12" del 3 de agosto de 2003, y a Pablo Montanaro para la edición del diario "La Mañana de Neuquén" del 9 de septiembre de 2012, de las que se ofrece un resumen a continuación.


¿Por qué los hechos ocurridos durante la última dictadura militar constituyen un genocidio?

Raphäel Lemkin desarrolla el concepto de genocidio en un libro que escribe en 1943 y se publica al año siguiente, mientras los hechos del nazismo se están desarrollando. Plantea que el genocidio se constituye básicamente como la destrucción de la identidad de un pueblo, de una sociedad. El eje de un proceso genocida es la destrucción de la identidad y esa destrucción de identidad se vincula a la opresión. Lo que dice Lemkin es que lo que se busca con el genocidio es eliminar, transformar la identidad del grupo oprimido e imponer la identidad del grupo opresor. No hay ninguna duda que en el caso argentino lo que se buscó fue transformar la identidad del pueblo.

Pero también existe una mirada jurídica.

Cuando surge el concepto de genocidio como concepto jurídico en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, lo que se termina planteando, más allá de numerosas discusiones en Naciones Unidas que llevan más de dos años para definirlo, es que el genocidio es la destrucción total o parcial de un grupo nacional, étnico, racial o religioso. Entonces hay tres interpretaciones posibles de la convención. En los tribunales argentinos han aparecido dos: uno es lo que podríamos llamar una interpretación absolutamente literal de la convención que lo que dice es cómo los grupos incluidos son los grupos nacionales, raciales, étnicos y religiosos y no los grupos políticos; por lo tanto aun cuando en la Argentina hubo un genocidio no se podría hacer un fallo por genocidio porque no están incluidos los grupos políticos. Una segunda interpretación plantea que el grupo político no es una buena manera de definir lo ocurrido en la Argentina en tanto lo que se buscó y llevó a cabo fue la transformación, destrucción y reorganización de un grupo nacional. Es interesante cómo los genocidas llaman a sus prácticas; ellos dicen que lo que vinieron a hacer fue un proceso de reorganización nacional, no un proceso de reorganización política. Esto es importante tenerlo en cuenta porque lo que se buscaba era transformar a la nación. En cuanto a esto de las definiciones, es interesante recorrer las distintas maneras en que la sociedad fue nombrando, a lo largo del tiempo, a esa dictadura militar. Es muy significativo porque las palabras tienen un contenido y un significado y sobre todo saber cómo mencionaron los hechos sus propios actores. En algún sentido sabemos cuál fue la lógica de tratar de desplazar esa expresión, Proceso de Reorganización Nacional. La lógica era: no aceptemos la forma en que los perpetradores lo llamaban. Pero una cosa es no aceptarlo, no llamarlo y otra es entender lo que pretendieron hacer. Hay una expresión jurídica que dice que "a admisión de la acción relevo de prueba". Si lo que se está discutiendo es a qué grupo se quería transformar y los propios perpetrados dicen que el Proceso de Reorganización era nacional, está muy claro cuál era el grupo nacional más allá del nombre. Y esto está en infinidad de documentos militares, quizás el más claro es el Reglamento de Operaciones Psicológicas del Ejército del año 1968 donde se describe que lo que se quiere hacer es exactamente lo que Lemkin define como genocidio. Por supuesto que no citan a Lemkin y no hablan de genocidio, pero plantean que se quiere aprovechar la utilización del terror, de la angustia masiva generalizada para transformar la identidad del grupo nacional del pueblo.

¿Y desde el punto de vista sociológico?

En el orden sociológico, hay trabajos de los últimos treinta y cuarenta años que piensan el genocidio no sólo como la aniquilación de una fuerza social sino como la destrucción de relaciones sociales en el conjunto de la sociedad a la cual va dirigido. Si el objetivo en la Argentina hubiese sido, como en otras dictaduras, la represión concreta de un grupo político determinado y bien identificado, hubiese sido una dictadura represiva, un Estado terrorista, pero no hubiese implicado además una práctica genocida y probablemente sus efectos no se hubiesen prolongado a tal nivel en el conjunto de la sociedad. La dictadura se propuso aniquilar una cantidad de gente muy superior a los miembros de las organizaciones armadas de izquierda. Para la teoría de los dos demonios esto implicó una lógica de la irracionalidad, mataban a cualquiera. Hay que tratar de recomponer esa causalidad. De ningún modo era cualquiera y tampoco eran sólo los miembros de las organizaciones armadas. Era, justamente, el conjunto de quienes desarrollaban prácticas de articulación social, de solidaridad, en muy diversos espacios: barrios, centros de estudiantes, sindicatos. Incluso desde el propio nombre de la dictadura como Proceso de Reorganización Nacional está claro que lo que se busca no es sólo la desarticulación de una fuerza social, de ciertos grupos políticos sino la desarticulación del conjunto de la sociedad y su rearmado.

¿Actualmente estaríamos empezando a deshacernos de los efectos que dejó el genocidio?

Creo que lo que comenzó a operar, y por eso los genocidas hablaban de treinta años, es un recambio generacional. Así como la dictadura planteaba a los padres preocuparse por dónde estaba su hijo como forma de regulación de sus conductas, lo que aparece en la generación siguiente es la pregunta de los hijos por dónde estaban sus padres. Esto permite la fisura de modelos como la teoría de los dos demonios, que son funcionales para la población que sufrió el proceso genocida y absurdos para la generación que no lo vivió. ¿Cómo se entiende un modelo donde una sociedad es agredida por fuerzas externas y nadie que narra estos sucesos pertenece a estas fuerzas, pero estos procesos ocupan al conjunto de la sociedad? Eso sirve para que el que lo vivió pueda situarse en el rol de víctima en lugar de preguntarse en qué medida fue cómplice. Pero es una explicación absurda para quien no vivió esos hechos. Lo mismo ocurrió con la generación alemana posnazismo con el discurso que narraba al nazismo como una intromisión de la irracionalidad en Alemania, pero donde nadie había participado. Los hijos se preguntaron dónde estaban los nazis.

En ese caso la pregunta provenía de los hijos de los nazis o colaboradores y en la Argentina vino de los hijos de las víctimas.

Los hijos de los desaparecidos son quienes conducen este proceso, pero son los hijos de la sociedad argentina en general los que se preguntan dónde estaban esos padres. Este modelo exculpatorio de una sociedad víctima de agentes externos, hace preguntar: si todos eran víctimas, ¿quién llevó a cabo las prácticas, quién dio consenso, quién dio complicidad? Es una pregunta que atraviesa toda una generación.

¿Puede compararse la dictadura argentina con el nazismo? ¿Qué tienen en común ambos genocidios?

Hay puntos en común, acaso el más fuerte entre las dos experiencias es el intento de transformar a la sociedad a través del terror. También hay muchas diferencias en la escala, en la magnitud, un proyecto continental frente a un proyecto que es más nacional, un proyecto que se propone el aniquilamiento industrial frente a un proyecto que se propone algo más artesanal en el ejercicio de la muerte, un proyecto que tiene una articulación que es política y racista frente a un caso en que casi por primera vez el racismo no juega ningún rol. Lo más interesante en cuanto a lo común es observar el uso del terror.

El debate sobre el rol de la sociedad en la última dictadura puede ir desde la victimización total a la culpabilización total.

Son dos modelos iguales de cosificadores. El tema es abrir la discusión. Creo que la sociedad no fue ni toda víctima ni toda cómplice. Cada conducta fue particular. El preguntar a los padres dónde estaban no se responde necesariamente con la culpabilidad. Hay infinidad de pequeños heroísmos que tampoco se han narrado, de conductas que implicaron modalidades de resistencia a la dictadura.

¿Qué efectos en la sociedad, más allá de los jurídicos, tiene la reapertura de los juicios?

Si pensamos las prácticas genocidas como destrucción de relaciones sociales, éstas no culminan con el exterminio material de la fuerza social. Necesitan una nueva etapa, que es lo que llamo realización simbólica de las prácticas genocidas. Necesitan que ese genocidio sea pensado de una determinada manera y no de otra. Si el genocidio culmina con el exterminio material de quienes ejecutaban, por ejemplo, una relación social de solidaridad, esa relación puede ser retomada por otras personas que vean en esa práctica una relación social interesante para repetir. La realización simbólica del genocidio construye un modelo de explicación del genocidio que ejerce una doble negación de esa relación de solidaridad. No se recuerda esa relación social y el hecho genocida queda remitido a una práctica irracional: hubo una serie de militares locos que tomaron el poder y aniquilaron a cualquiera porque era parte de su locura. La identidad de aquellos sujetos aniquilados, el tipo de relación social que encarnaban, que es lo que intentaba destruir el genocidio, ni siquiera puede ser recuperada porque queda hasta negada en la posibilidad de recordarse. Esto es lo que puede llegar a ponerse en discusión cuando se reabra el debate.

Cuando algunos sectores de la sociedad, y también del periodismo, dicen "basta de volver al pasado", ¿qué es en definitiva lo que se está queriendo decir?

Por un lado me parece que es una respuesta lógica pero problemática tanto en el plano social como en el plano individual con respecto a cualquier trauma. Cualquiera que ha sufrido una situación traumática no quiere hablar, porque lo vuelve a ese momento. Uno puede decir que es una reacción lógica pero absolutamente ineficaz. Para atravesar un trauma la persona afectada tiene que hablarlo y analizarlo. Lo mismo ocurre en un genocidio, es lógico que no se quiera trabajar, sin embargo es necesario y no hay modo de recomponer los lazos sociales si no se hace un trabajo profundo y permanente sobre las marcas que dejó el terror. Ahora, en el caso argentino se ha dado una resistencia importante a esta tendencia, no sólo porque continúan los juicios sino porque la mayoría de los trabajos de investigación demuestra que hay un enorme apoyo de la población a los juicios. Por ejemplo, en un trabajo analítico sobre cual era el nivel y los motivos del apoyo al gobierno en la última elección nacional, la medida que tenía mayor nivel de consenso en la población era la política de derechos humanos y la reapertura de las causas por delitos de lesa humanidad. La sociedad argentina ha sido muy resistente, si lo comparamos con otros casos. Quizás el más paradigmático sea el de España donde existe un consenso social de no revolver el pasado, el discurso de no miremos para atrás.

¿Hay algo que garantice que no se repita un genocidio?

Nunca hay garantías totales. El psicoanálisis plantea que sólo a partir de conocer las prácticas y elaborarlas se puede plantear su reelaboración. Hay también efectos de lo jurídico que operan en lo simbólico. Que la Obediencia Debida sea un valor legitimado por la palabra del derecho es la mejor forma de permitir la reiteración de las prácticas genocidas.