Las prácticas sociales genocidas -dice el
sociólogo argentino Daniel Feierstein (1967) -son
conceptualizadas como "aquella tecnología de poder cuyo objetivo radica en la
destrucción de las relaciones sociales de autonomía y cooperación y de la
identidad de una sociedad, por medio del aniquilamiento de una fracción
relevante (sea por su número o por los efectos de sus prácticas) de dicha
sociedad, y del uso del terror producto del aniquilamiento para el
establecimiento de nuevas relaciones sociales y modelos identitarios". La
aniquilación planificada y sistemática de un grupo nacional, étnico, racial o
religioso, o su destrucción hasta que deja de existir como grupo es lo que se conoce como genocidio, un término utilizado por primera vez por el jurista polaco Raphäel Lemkin
(1900-1959), en una reunión realizada en Madrid en
1933. Lemkin propuso que la Liga de las Naciones elaborase un acuerdo
internacional para condenar el vandalismo y la barbarie criminal. En 1941 logró
llegar a los Estados Unidos, y continuó definiendo y analizando el genocidio en
sus libros, en los que explicaba que dicho crimen no significa necesariamente
la destrucción inmediata y total de un grupo, sino también una serie de
acciones planificadas para destruir los elementos básicos de la existencia
grupal, tales como el idioma, la cultura, la identidad nacional, la economía y
la libertad de sus integrantes. El juicio de Nüremberg contra los dirigentes
nazis al término de la Segunda Guerra Mundial supuso un hito en la toma de
conciencia de que existen delitos que por su naturaleza particular exigen
responsabilidad. El Acuerdo o Carta de Londres del 8 de agosto de 1945, que estableció el
Estatuto del Tribunal Militar de Nüremberg, definió como
"crímenes contra la humanidad" el "asesinato, exterminio,
esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población
civil, o persecución por motivos religiosos, raciales o políticos, cuando
dichos actos o persecuciones se hacen en conexión con cualquier crimen contra
la paz o en cualquier crimen de guerra". Aunque en dicho Estatuto no aparece el término "genocidio" como tal, el contenido de la idea sí quedó recogido en el concepto de "Crimen de lesa humanidad". En 1946, la Asamblea General de las Naciones Unidas confirmó los principios de Derecho Internacional reconocidos por el
Estatuto del Tribunal y propuso una resolución sobre el genocidio, al que definió como "una negación del derecho de existencia a
grupos humanos enteros", instando a tomar las medidas necesarias para la
prevención y sanción de ese crimen. Un día antes de que se aprobase la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las Naciones Unidas aprobaron por fin la Convención contra el Genocidio, un acuerdo para prevenirlo y castigar a aquellos que lo planifican y lo llevan a cabo. Fue el 9 de diciembre de 1948, pero la resolución entró en vigencia el 12 de enero de 1951 después de la ratificación
de más de veinte países. Dicha resolución prohibió los actos definidos por el derecho internacional como
"perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un
grupo nacional, étnico, racial o religioso". Sin embargo, a algo más de sesenta años de aquella Convención,
surgen algunas reflexiones sobre la actualidad y los límites de dicha
herramienta legal ya que el derrotero seguido por aquellos conceptos
como modo de comprensión y castigo de los procesos de aniquilamiento ha sido
confuso e ineficaz. Para Feierstein, la figura
aprobada de genocidio vulneró el principio de igualdad ante la ley al crear "grupos protegidos" (étnicos, nacionales, raciales y religiosos) y "grupos
desprotegidos" (los otros). Las consecuencias de este error -sostiene el sociólogo argentino- aparecieron toda
vez que se intentó aplicar la Convención desde 1948. Ante la comisión de
matanzas masivas, se comienza a discutir la existencia del "grupo protegido" así como si el aniquilamiento se dirige a dicho grupo "en cuanto tal" o tiene "motivos políticos". Para
cuando se establece un consenso, los muertos se cuentan por decenas de miles. Así, si un delito requiere meses de discusión de
especialistas para ser identificado, está claro que es un delito mal tipificado. Sobre
el genocidio como destructor de relaciones sociales, sobre la todavía posible
lucha contra la realización simbólica del proceso y sobre la actuación de algunos jueces que, en los últimos tiempos, han ayudado a que los crímenes de la última dictadura
militar argentina no quedaran en un pasado irresuelto operando constantemente sobre el
presente habló Feierstein en las entrevistas concedida a Victoria Ginzberg para la edición del diario "Página/12" del 3 de agosto de 2003, y a Pablo
Montanaro para la edición del diario "La
Mañana de Neuquén" del 9 de septiembre de 2012, de las que se ofrece un resumen a continuación.
¿Por qué
los hechos ocurridos durante la última dictadura militar constituyen un genocidio?
Raphäel Lemkin desarrolla el concepto de genocidio en un libro que escribe en
1943 y se publica al año siguiente, mientras los hechos del nazismo se están
desarrollando. Plantea que el genocidio se constituye básicamente como la
destrucción de la identidad de un pueblo, de una sociedad. El eje de un proceso
genocida es la destrucción de la identidad y esa destrucción de identidad se
vincula a la opresión. Lo que dice Lemkin es que lo que se busca con el
genocidio es eliminar, transformar la identidad del grupo oprimido e imponer la
identidad del grupo opresor. No hay ninguna duda que en el caso argentino lo
que se buscó fue transformar la identidad del pueblo.
Pero también existe una mirada jurídica.
Cuando surge el concepto de genocidio como concepto jurídico en la Convención
para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, lo que se termina
planteando, más allá de numerosas discusiones en Naciones Unidas que llevan más
de dos años para definirlo, es que el genocidio es la destrucción total o
parcial de un grupo nacional, étnico, racial o religioso. Entonces hay tres
interpretaciones posibles de la convención. En los tribunales argentinos han
aparecido dos: uno es lo que podríamos llamar una interpretación absolutamente
literal de la convención que lo que dice es cómo los grupos incluidos son los
grupos nacionales, raciales, étnicos y religiosos y no los grupos políticos; por lo tanto
aun cuando en la Argentina hubo un genocidio no se podría hacer un fallo por
genocidio porque no están incluidos los grupos políticos. Una segunda
interpretación plantea que el grupo político no es una buena manera de definir
lo ocurrido en la Argentina en tanto lo que se buscó y llevó a cabo fue la
transformación, destrucción y reorganización de un grupo nacional. Es
interesante cómo los genocidas llaman a sus prácticas; ellos dicen que lo que
vinieron a hacer fue un proceso de reorganización nacional, no un proceso de
reorganización política. Esto es importante tenerlo en cuenta porque lo que se
buscaba era transformar a la nación. En cuanto a esto de las definiciones, es interesante recorrer las distintas
maneras en que la sociedad fue nombrando, a lo largo del tiempo, a esa
dictadura militar. Es muy significativo porque las palabras tienen un contenido y un significado y
sobre todo saber cómo mencionaron los hechos sus propios actores. En algún
sentido sabemos cuál fue la lógica de tratar de desplazar esa expresión,
Proceso de Reorganización Nacional. La lógica era: no aceptemos la forma en que
los perpetradores lo llamaban. Pero una cosa es no aceptarlo, no llamarlo y
otra es entender lo que pretendieron hacer. Hay una expresión jurídica que dice
que "a admisión de la acción relevo de prueba". Si lo que se está discutiendo
es a qué grupo se quería transformar y los propios perpetrados dicen que el
Proceso de Reorganización era nacional, está muy claro cuál era el grupo
nacional más allá del nombre. Y esto está en infinidad de documentos militares,
quizás el más claro es el Reglamento de Operaciones Psicológicas del Ejército
del año 1968 donde se describe que lo que se quiere hacer es exactamente lo que
Lemkin define como genocidio. Por supuesto que no citan a Lemkin y no hablan de
genocidio, pero plantean que se quiere aprovechar la utilización del terror, de
la angustia masiva generalizada para transformar la identidad del grupo
nacional del pueblo.
¿Y desde el punto de vista sociológico?
En el orden sociológico, hay trabajos de los últimos treinta y cuarenta años que piensan el genocidio no sólo como la aniquilación
de una fuerza social sino como la destrucción de relaciones sociales en el
conjunto de la sociedad a la cual va dirigido. Si el objetivo en la Argentina
hubiese sido, como en otras dictaduras, la represión concreta de un grupo
político determinado y bien identificado, hubiese sido una dictadura represiva,
un Estado terrorista, pero no hubiese implicado además una práctica genocida y
probablemente sus efectos no se hubiesen prolongado a tal nivel en el conjunto
de la sociedad. La dictadura se propuso aniquilar una cantidad de gente muy
superior a los miembros de las organizaciones armadas de izquierda. Para la
teoría de los dos demonios esto implicó una lógica de la irracionalidad,
mataban a cualquiera. Hay que tratar de recomponer esa causalidad. De ningún
modo era cualquiera y tampoco eran sólo los miembros de las organizaciones
armadas. Era, justamente, el conjunto de quienes desarrollaban prácticas de
articulación social, de solidaridad, en muy diversos espacios: barrios, centros
de estudiantes, sindicatos. Incluso desde el propio nombre de la dictadura como
Proceso de Reorganización Nacional está claro que lo que se busca no es sólo la
desarticulación de una fuerza social, de ciertos grupos políticos sino la
desarticulación del conjunto de la sociedad y su rearmado.
¿Actualmente estaríamos empezando a deshacernos de los efectos que dejó el
genocidio?
Creo que lo que comenzó a operar, y por eso los genocidas hablaban de treinta
años, es un recambio generacional. Así como la dictadura planteaba a los padres
preocuparse por dónde estaba su hijo como forma de regulación de sus
conductas, lo que aparece en la generación siguiente es la pregunta de los
hijos por dónde estaban sus padres. Esto permite la fisura de modelos como la
teoría de los dos demonios, que son funcionales para la población que sufrió el
proceso genocida y absurdos para la generación que no lo vivió. ¿Cómo se
entiende un modelo donde una sociedad es agredida por fuerzas externas y nadie
que narra estos sucesos pertenece a estas fuerzas, pero estos procesos ocupan
al conjunto de la sociedad? Eso sirve para que el que lo vivió pueda situarse
en el rol de víctima en lugar de preguntarse en qué medida fue cómplice. Pero
es una explicación absurda para quien no vivió esos hechos. Lo mismo ocurrió
con la generación alemana posnazismo con el discurso que narraba al nazismo
como una intromisión de la irracionalidad en Alemania, pero donde nadie había
participado. Los hijos se preguntaron dónde estaban los nazis.
En ese caso la pregunta provenía de los hijos de los nazis o colaboradores y
en la Argentina vino de los hijos de las víctimas.
Los hijos de los desaparecidos son quienes conducen este proceso, pero son los
hijos de la sociedad argentina en general los que se preguntan dónde estaban
esos padres. Este modelo exculpatorio de una sociedad víctima de agentes
externos, hace preguntar: si todos eran víctimas, ¿quién llevó a cabo las
prácticas, quién dio consenso, quién dio complicidad? Es una pregunta que
atraviesa toda una generación.
¿Puede
compararse la dictadura argentina con el nazismo? ¿Qué tienen en común ambos
genocidios?
Hay puntos en común, acaso el más fuerte entre las dos experiencias es el
intento de transformar a la sociedad a través del terror. También hay muchas
diferencias en la escala, en la magnitud, un proyecto continental frente a un
proyecto que es más nacional, un proyecto que se propone el aniquilamiento
industrial frente a un proyecto que se propone algo más artesanal en el
ejercicio de la muerte, un proyecto que tiene una articulación que es política
y racista frente a un caso en que casi por primera vez el racismo no juega
ningún rol. Lo más interesante en cuanto a lo común es observar el uso del
terror.
El debate sobre el rol de la sociedad en la última dictadura puede ir desde la
victimización total a la culpabilización total.
Son dos modelos iguales de cosificadores. El tema es abrir la discusión. Creo
que la sociedad no fue ni toda víctima ni toda cómplice. Cada conducta fue
particular. El preguntar a los padres dónde estaban no se responde
necesariamente con la culpabilidad. Hay infinidad de pequeños heroísmos que
tampoco se han narrado, de conductas que implicaron modalidades de resistencia
a la dictadura.
¿Qué efectos en la sociedad, más allá de los jurídicos, tiene la reapertura de
los juicios?
Si pensamos las prácticas genocidas como destrucción de relaciones sociales,
éstas no culminan con el exterminio material de la fuerza social. Necesitan una
nueva etapa, que es lo que llamo realización simbólica de las prácticas
genocidas. Necesitan que ese genocidio sea pensado de una determinada manera y
no de otra. Si el genocidio culmina con el exterminio material de quienes
ejecutaban, por ejemplo, una relación social de solidaridad, esa relación puede
ser retomada por otras personas que vean en esa práctica una relación social
interesante para repetir. La realización simbólica del genocidio construye un
modelo de explicación del genocidio que ejerce una doble negación de esa
relación de solidaridad. No se recuerda esa relación social y el hecho genocida
queda remitido a una práctica irracional: hubo una serie de militares locos que
tomaron el poder y aniquilaron a cualquiera porque era parte de su locura. La
identidad de aquellos sujetos aniquilados, el tipo de relación social que
encarnaban, que es lo que intentaba destruir el genocidio, ni siquiera puede
ser recuperada porque queda hasta negada en la posibilidad de recordarse. Esto
es lo que puede llegar a ponerse en discusión cuando se reabra el debate.
Cuando
algunos sectores de la sociedad, y también del periodismo, dicen "basta de
volver al pasado", ¿qué es en definitiva lo que se está queriendo decir?
Por un lado me parece que es una respuesta lógica pero problemática tanto en el
plano social como en el plano individual con respecto a cualquier trauma.
Cualquiera que ha sufrido una situación traumática no quiere hablar, porque lo
vuelve a ese momento. Uno puede decir que es una reacción lógica pero
absolutamente ineficaz. Para atravesar un trauma la persona afectada tiene que
hablarlo y analizarlo. Lo mismo ocurre en un genocidio, es lógico que no se
quiera trabajar, sin embargo es necesario y no hay modo de recomponer los lazos
sociales si no se hace un trabajo profundo y permanente sobre las marcas que
dejó el terror. Ahora, en el caso argentino se ha dado una resistencia
importante a esta tendencia, no sólo porque continúan los juicios sino porque
la mayoría de los trabajos de investigación demuestra que hay un enorme apoyo
de la población a los juicios. Por ejemplo, en un trabajo analítico sobre cual
era el nivel y los motivos del apoyo al gobierno en la última elección
nacional, la medida que tenía mayor nivel de consenso en la población era la
política de derechos humanos y la reapertura de las causas por delitos de lesa
humanidad. La sociedad argentina ha sido muy resistente, si lo comparamos con
otros casos. Quizás el más paradigmático sea el de España donde existe un
consenso social de no revolver el pasado, el discurso de no miremos para atrás.
¿Hay algo que garantice que no se repita un genocidio?
Nunca hay garantías totales. El psicoanálisis plantea que sólo a partir de
conocer las prácticas y elaborarlas se puede plantear su reelaboración. Hay
también efectos de lo jurídico que operan en lo simbólico. Que la Obediencia Debida sea un valor legitimado por la palabra del derecho es la mejor forma de
permitir la reiteración de las prácticas genocidas.